Ley [LCM]
Artículo 57 de Ley De Concursos Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 57.- La impugnación del nombramiento del visitador, conciliador o síndico no impedirá su entrada en funciones, ni suspenderá la continuación de la visita, la conciliación o la quiebra.