Ley [LCM]

Artículo 57 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 57.- La impugnación del nombramiento del visitador, conciliador o síndico no impedirá su entrada en funciones, ni suspenderá la continuación de la visita, la conciliación o la quiebra.

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