Ley [LCNE]
Artículo 11 de Ley De La Comisión Nacional De Energía
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 11.- La Comisión debe informar a la Secretaría sobre cualquier medida o resolución que implique una afectación en el sector eléctrico, en el sector hidrocarburos o ambos.