Artículo 11.- La Comisión debe informar a la Secretaría sobre cualquier medida o resolución que implique una afectación en el sector eléctrico, en el sector hidrocarburos o ambos.
Ley [LCNE]
Artículo 11.- La Comisión debe informar a la Secretaría sobre cualquier medida o resolución que implique una afectación en el sector eléctrico, en el sector hidrocarburos o ambos.
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Ley De La Comisión Nacional De Energía (LCNE)
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