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Ley De La Comisión Nacional De Energía (LCNE)

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Ley De La Comisión Nacional De Energía

El texto fuente indica nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2025 y texto vigente. También indica declaratoria de invalidez de artículos por sentencia de la Suprema Corte publicada el 26 de diciembre de 2025, por lo que debe revisarse con especial cuidado junto con la fuente oficial y el alcance de esa sentencia.

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Resumen de la ley

La Ley De La Comisión Nacional De Energía crea la Comisión Nacional de Energía como órgano técnico sectorizado a la Secretaría de Energía, con independencia técnica, operativa, de gestión y decisión. Regula su organización, atribuciones y funcionamiento para supervisar, regular, otorgar permisos, emitir actos técnicos, imponer sanciones y vigilar actividades del sector eléctrico y del sector hidrocarburos. También establece coordinación con otras autoridades, Dirección General, Comité Técnico, personas expertas, presupuesto, derechos, aprovechamientos y medios de defensa.

Regulación energética. Sector eléctrico. Sector hidrocarburos. Permisos y autorizaciones. Tarifas, precios y contraprestaciones. Supervisión, inspección y verificación. Certificados de energías limpias. Mercado eléctrico mayorista.

Lo esencial

Qué regula

  • Creación, naturaleza y objeto de la Comisión Nacional de Energía.
  • Actividades en materia energética del sector eléctrico y de hidrocarburos.
  • Facultades generales de regulación, supervisión, permisos y sanciones.
  • Atribuciones específicas en electricidad.
  • Atribuciones específicas en hidrocarburos.
  • Coordinación con Secretaría de Energía, ASEA y otras autoridades.
  • Dirección General, Comité Técnico y personas expertas.
  • Presupuesto, derechos, aprovechamientos y medios de defensa.

A quién aplica

  • Comisión Nacional de Energía.
  • Secretaría de Energía.
  • Sujetos regulados del sector eléctrico.
  • Sujetos regulados del sector hidrocarburos.
  • Empresas públicas del Estado.
  • Personas físicas y morales que realicen actividades energéticas.
  • Personas expertas técnicas del Comité Técnico.
  • Autoridades que coordinan planeación y regulación energética.

Materias principales

  • Regulación energética.
  • Sector eléctrico.
  • Sector hidrocarburos.
  • Permisos y autorizaciones.
  • Tarifas, precios y contraprestaciones.
  • Supervisión, inspección y verificación.
  • Certificados de energías limpias.
  • Mercado eléctrico mayorista.
  • Comité Técnico y gobernanza regulatoria.
  • Medios de defensa.

Derechos principales

  • Derecho de sujetos regulados a decisiones técnicas y administrativas conforme a la ley.
  • Derecho a medios de defensa contra actos u omisiones de la Comisión.
  • Derecho a transparencia en otorgamiento de permisos y emisión de regulación.
  • Derecho de la sociedad a regulación energética ordenada, continua y segura.
  • Derecho a que el sector se rija por soberanía, seguridad, autosuficiencia y justicia energética.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Comisión Nacional de Energía.
  • Secretaría de Energía.
  • Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Cámara de Senadores.
  • Comisión Federal de Electricidad.
  • Centro Nacional de Control de Energía.
  • Autoridades competentes en mejora regulatoria e infraestructura de la calidad.

Obligaciones principales

  • La Comisión debe regular, supervisar e imponer sanciones dentro de su competencia.
  • Debe emitir permisos, autorizaciones y actos administrativos del sector energético.
  • Debe solicitar información y realizar verificaciones, inspecciones o supervisiones.
  • Debe coordinarse con otras autoridades conforme a la planeación energética.
  • Sujetos regulados deben entregar información, dictámenes, reportes y documentos requeridos.
  • La Dirección General debe integrar expedientes y ejecutar acuerdos del Comité Técnico.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Permisos de generación y comercialización eléctrica.
  • Permisos de gas natural, petrolíferos y petroquímicos.
  • Regulación de tarifas, precios y contraprestaciones.
  • Registro de certificados de energías limpias.
  • Visitas de verificación, inspección o supervisión.
  • Requerimientos de información a sujetos regulados y terceros.
  • Procedimientos administrativos y sancionadores.
  • Medios de defensa contra actos u omisiones de la Comisión.

Sanciones o consecuencias

  • La Comisión puede imponer y ejecutar sanciones por incumplimientos.
  • Puede ordenar medidas provisionales o de prevención, incluida clausura o suspensión.
  • Puede revocar, extinguir o modificar permisos y autorizaciones.
  • El incumplimiento de requerimientos de información puede generar consecuencias administrativas.
  • Los conflictos de interés deben comunicarse y separan temporalmente del conocimiento del asunto.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
ComisiónComisión Nacional de Energía.
SecretaríaSecretaría de Energía.
Actividades en materia energéticaActividades del sector eléctrico e hidrocarburos reguladas por leyes sectoriales.
Sujeto ReguladoEmpresa pública, persona física o moral que realiza actividades energéticas reguladas.
Dirección GeneralÓrgano de dirección y administración de la Comisión.
Comité TécnicoÓrgano colegiado que conoce, evalúa, dictamina y aprueba actos regulatorios.
Personas expertas técnicasIntegrantes especializadas del Comité Técnico designadas por el Ejecutivo Federal.
PermisoActo administrativo para realizar actividades energéticas reguladas.
VerificaciónActo de autoridad para comprobar cumplimiento técnico o jurídico.
Planeación vinculanteMarco de política energética definido por la Secretaría.
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Crea la Comisión Nacional de Energía.
2Define su objeto de regulación, supervisión y sanción.
5Señala leyes supletorias.
6Contiene definiciones propias.
7Enumera atribuciones generales.
8Regula atribuciones en sector eléctrico.
9Regula atribuciones en sector hidrocarburos.
10Establece coordinación con otras autoridades.
12Ordena Dirección General y Comité Técnico.
14Regula nombramiento de la Dirección General.
17Enumera facultades del Comité Técnico.
18Integra el Comité Técnico.
19Regula duración de personas expertas técnicas.
25Regula sesiones del Comité Técnico.
28Prevé medios de defensa.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Naturaleza y objeto1 a 6Entender creación, principios, supletoriedad y definiciones.
Atribuciones generales7Revisar facultades de regulación, permisos, sanciones y supervisión.
Sector eléctrico8Consultar permisos, tarifas, certificados y mercado eléctrico mayorista.
Sector hidrocarburos9Revisar permisos, precios, tarifas y actividades de gas, petrolíferos y petroquímicos.
Coordinación10 a 11Ubicar relación con Secretaría y otras autoridades.
Organización12 a 16Conocer Dirección General y sus facultades.
Comité Técnico17 a 25Revisar integración, atribuciones, personas expertas y sesiones.
Presupuesto y medios de defensa26 a 28Ver recursos, derechos, aprovechamientos e impugnaciones.
Plazos importantes
  • La Cámara de Senadores debe ratificar a la persona titular de la Dirección General dentro de diez días naturales cuando esté en periodo de sesiones.
  • Las personas expertas técnicas son designadas por periodos de cuatro años, con posibilidad de ratificación por un periodo igual.
  • Las sesiones ordinarias del Comité Técnico deben celebrarse por lo menos una vez al mes.
  • Las actualizaciones del registro de certificados de energías limpias deben remitirse mensualmente a la Secretaría.
  • El comité especial de remuneración de personas expertas debe sesionar por lo menos una vez al año.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley De La Comisión Nacional De Energía?

Trata de la creación y funcionamiento de la autoridad técnica que regula, supervisa y sanciona actividades energéticas.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar permisos, tarifas, supervisión, sanciones, actos técnicos, Comité Técnico o medios de defensa en electricidad e hidrocarburos.

¿Qué sectores cubre?

Cubre actividades del sector eléctrico y del sector hidrocarburos, conforme a sus leyes específicas.

¿Quién dirige la Comisión?

La dirige una Dirección General nombrada por el Ejecutivo Federal y sujeta a ratificación del Senado en los términos de la ley.

¿Se pueden impugnar sus actos?

Sí. Contra actos u omisiones de la Comisión pueden interponerse los medios de defensa previstos por las leyes aplicables.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley De La Comisión Nacional De Energía

44 artículos disponibles en LCNE.

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LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
TEXTO VIGENTE
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2025
Declaratoria de invalidez de artículos por Sentencia de la SCJN DOF 26-12-2025
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO