Ley [LFAAR]

Artículo 30 de Ley De Fondos De Aseguramiento Agropecuario Y Rural

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 30. Los Fondos de Aseguramiento sólo podrán ofrecer servicio de seguros a sus socios por lo que no podrán otorgar protección a terceras personas.

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