Ley [LFAAR]

Artículo 41 de Ley De Fondos De Aseguramiento Agropecuario Y Rural

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 41. A los Fondos de Aseguramiento les son aplicables las prohibiciones contenidas en el artículo de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

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