Artículo 11. La Secretaría de Gobernación promoverá, con las autoridades competentes, las acciones para que las personas con discapacidad visual y auditiva tengan acceso a las salas de cine donde se exhiban las obras cinematográficas.
Artículo 11. La Secretaría de Gobernación promoverá, con las autoridades competentes, las acciones para que las personas con discapacidad visual y auditiva tengan acceso a las salas de cine donde se exhiban las obras cinematográficas.