Artículo 38. La Secretaría de Cultura, por conducto del subsector cinematográfico, apoyará y estimulará la diversidad cinematográfica y audiovisual nacional con pleno respeto a la libertad de expresión, considerando la diversidad de géneros cinematográficos, modos de producción, exhibición, distribución y preservación, así como la pluralidad de las formas, estilos y temáticas, donde participen todas las personas sin discriminación alguna por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones personales, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.