Artículo 9o. Es derecho de todas las personas en México el acceso a las obras cinematográficas y obras audiovisuales en toda su oferta pluricultural y con diversidad lingüística, en óptimas condiciones, tanto en su proyección en salas de cine y espacios de exhibición alternativos, como en su transmisión por televisión, plataformas digitales de video bajo demanda y cualquier otro medio existente o por existir.