Ley [LFCC_200120]

Artículo segundo de Ley De Fomento A La Confianza Ciudadana

Ver ley completa

TRANSITORIOS

segundo.. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para tal fin a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para el ejercicio fiscal de que se trate.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Navegación jurídica

Relaciones verificadas del artículo

Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Fomento A La Confianza Ciudadana (LFCC_200120)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad