Ley [LFCPo_190521]

Artículo 13 de Ley Federal De Consulta Popular

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Ley Federal De Consulta Popular (LFCPo_190521)

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Artículo 13. La petición de consulta popular podrá presentarse ante las Cámaras del Congreso, según corresponda, en términos de esta Ley, hasta el treinta de noviembre del año inmediato anterior al en que se pretenda realizar la jornada de consulta.

Artículo reformado DOF

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