Ley [LFCPo_190521]
Artículo 31 de Ley Federal De Consulta Popular
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 31. La Convocatoria que expida el Congreso deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Ley [LFCPo_190521]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 31. La Convocatoria que expida el Congreso deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.