Ley [LFCPo_190521]

Artículo 39 de Ley Federal De Consulta Popular

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 39. El Instituto, a través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica elaborará y propondrá los programas de capacitación en materia de consultas populares.

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