Ley [LFCPo_190521]
Artículo 39 de Ley Federal De Consulta Popular
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 39. El Instituto, a través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica elaborará y propondrá los programas de capacitación en materia de consultas populares.