Ley [LFCSQ]

Artículo 68 de Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas

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Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas (LFCSQ)

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Artículo 68. El recurso será sobreseído en los siguientes supuestos:

  1. Por desistimiento expreso del recurrente;
  2. Cuando durante el procedimiento en que se sustancie el recurso sobrevenga alguna causa de improcedencia de las señaladas en la presente Ley;
  3. Cuando de las constancias que obran en el expediente administrativo quede demostrado que no existe la resolución o acto impugnado, o
  4. Cuando hayan cesado los efectos de la resolución o acto impugnado.
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