Ley [LFCSQ]
Artículo 67 de Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas
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Ley Federal Para El Control De Sustancias Químicas Susceptibles De Desvío Para La Fabricación De Armas Químicas (LFCSQ)
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Artículo 67. El recurso se desechará de plano y se tendrá por no interpuesto cuando:
- Se presente fuera de plazo previsto en el artículo 61 de la presente Ley;
- No se haya acompañado de la documentación que acredite la personalidad del promovente, o
- No aparezca suscrito por el Sujeto Obligado o su representante legal.