Ley [LFFPMN_130420]

Artículo segundo de Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

segundo.. El Ejecutivo Federal tendrá un término de noventa días naturales posteriores a la entrada en vigor de , para emitir las disposiciones administrativas de carácter general necesarias para la integración y operatividad del CONAM.

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