Ley [LFPPIPP_200521]
Artículo 10 de Ley Federal Para La Protección A Personas Que Intervienen En El Procedimiento Penal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 10. La ejecución de las Medidas de Protección estarán a cargo de la Unidad misma que dependerá del Director y se integrará con agentes de la Policía Federal Ministerial, entrenados y capacitados para tal fin.