Ley [LFPPIPP_200521]

Artículo 12 de Ley Federal Para La Protección A Personas Que Intervienen En El Procedimiento Penal

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Artículo 12. La Unidad contará con un área de análisis de riesgo que apoyará en la elaboración del Estudio Técnico para los efectos del ingreso y permanencia de la Persona Protegida, la cual dependerá directamente del Centro.

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