Ley [LFRSP]

Artículo 31 de Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos

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Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos (LFRSP)

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Artículo 31.- Las Cámaras enviarán por riguroso turno a las Secciones Instructoras las denuncias, querellas, requerimientos del Ministerio Público o acusaciones que se les presenten.

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