Ley [LFSA]
Artículo 13 de Ley Federal De Sanidad Animal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 13.- La Secretaría de Economía deberá consultar a la Secretaría previo a la negociación de tratados comerciales internacionales, cuando estos involucren aspectos en materia de sanidad animal.