Ley [LFSA]
Artículo 12 de Ley Federal De Sanidad Animal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 12.- La Secretaría de Relaciones Exteriores, a petición de la Secretaría, le informará sobre la existencia en el extranjero de enfermedades de los animales de notificación obligatoria o sobre bienes de origen animal contaminados, así como cualquier información que resulte necesaria para el ejercicio de sus atribuciones.