Ley [LFSV]
Artículo 10 de Ley Federal De Sanidad Vegetal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 10.- La Secretaría, en el ámbito de sus atribuciones, coadyuvará con las de Salud y de Desarrollo Social, para vigilar el cumplimiento de las normas oficiales aplicables a los plaguicidas e insumos de nutrición vegetal.