Ley [LFT]
Artículo 112 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 112.- Los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo el caso de pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente en beneficio de las personas señaladas en el artículo , fracción V.
Los patrones no están obligados a cumplir ninguna otra orden judicial o administrativa de embargo.