Ley [LFT]
Artículo 111 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 111.- Las deudas contraídas por los trabajadores con sus patrones en ningún caso devengarán intereses.
Ley [LFT]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 111.- Las deudas contraídas por los trabajadores con sus patrones en ningún caso devengarán intereses.