Ley [LFT]

Artículo 153-l de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 153-l. El Titular del Ejecutivo Federal fijará las bases para determinar la forma de designación de los miembros de la Comisión Nacional de Concertación y Productividad, así como las relativas a su organización y funcionamiento. Sujetándose a los principios de representatividad e inclusión en su integración.

En la toma de decisiones de la Comisión Nacional de Concertación y Productividad se privilegiará el consenso.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF ,

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