Ley [LFT]
Artículo 212 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 212.- Corresponde a la Inspección del Trabajo vigilar el cumplimiento de las leyes y demás normas de trabajo, atendiendo a las leyes y disposiciones sobre comunicaciones por agua, cuando los buques estén en puerto.