Ley [LFT]

Artículo 269 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 269.- Las personas a que se refiere el artículo anterior, que en forma conjunta ordenen los trabajos comprendidos en este capítulo, son solidariamente responsables por los salarios e indemnizaciones que correspondan a los trabajadores, por los trabajos realizados.

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