Ley [LFT]

Artículo 315 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 315.- La simultaneidad de patrones no priva al trabajador a domicilio de los derechos que le concede este capítulo.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias