Ley [LFT]
Artículo 353-q de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 353-q.- En los contratos colectivos las disposiciones relativas a los trabajadores académicos no se extenderán a los trabajadores administrativos, ni a la inversa, salvo que así se convenga expresamente.
En ningún caso estos contratos podrán establecer para el personal académico la admisión exclusiva o la separación por expulsión a que se refiere el Artículo .
Artículo adicionado DOF