Ley [LFT]

Artículo 361 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 361.- Los sindicatos de patrones pueden ser:

  1. Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades; y
  2. Nacionales, los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas.
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