Ley [LFT]
Artículo 396 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 396.- Las estipulaciones del contrato colectivo se extienden a todas las personas que trabajen en la empresa o establecimiento, aunque no sean miembros del sindicato que lo haya celebrado, con la limitación consignada en el artículo .