Ley [LFT]

Artículo 425 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 425.- El reglamento surtirá efectos a partir de la fecha de su depósito. Deberá imprimirse y repartirse entre los trabajadores y se fijará en los lugares más visibles del establecimiento.

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