Ley [LFT]
Artículo 505 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 505.- Los médicos de las empresas serán designados por los patrones. Los trabajadores podrán oponerse a la designación, exponiendo las razones en que se funden. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, resolverá el Tribunal.
Fe de erratas al artículo DOF . Reformado DOF