Ley [LFT]

Artículo 512-c de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 512-c.- La organización de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la de las Comisiones Consultivas Estatales y de la Ciudad de México de Seguridad y Salud en el Trabajo, serán señaladas en el reglamento que se expida en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.

Párrafo reformado DOF ,

El funcionamiento interno de dichas Comisiones, se fijará en el Reglamento Interior que cada Comisión expida.

Artículo adicionado DOF

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