Ley [LFT]

Artículo 524 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 524.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los Departamentos y Direcciones del Trabajo tendrán las atribuciones que les asignen sus leyes orgánicas y las normas de trabajo.

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