Ley [LFT]

Artículo 538 de Ley Federal Del Trabajo

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Ley Federal Del Trabajo (LFT)

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Artículo 538. El Servicio Nacional de Empleo estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto de las unidades administrativas de la misma, a las que competan las funciones correspondientes, en los términos de su Reglamento Interior.

Artículo reformado DOF , ,

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