Ley [LFT]
Artículo 800 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley Federal Del Trabajo (LFT)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 800.- Cuando un documento que provenga de tercero ajeno al juicio, resulta impugnado, deberá ser ratificado en su contenido y firma por el suscriptor, para lo cual deberá ser citado en los términos de la fracción VII del artículo 742 de esta Ley.
La contraparte podrá formular las preguntas en relación a la idoneidad del ratificante así como sobre los elementos circunstanciales de los hechos contenidos en el documento y los de su elaboración, para lo cual se observarán las reglas establecidas en el artículo 815 de esta Ley.
Párrafo reformado DOF
Artículo reformado DOF