Ley [LFT]

Artículo 84 de Ley Federal Del Trabajo

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Ley Federal Del Trabajo (LFT)

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Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

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