Ley [LFT]
Artículo 914 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 914.- Las autoridades, las instituciones y los particulares a que se refieren los artículos que anteceden, están obligadas a proporcionar los informes, contestar los cuestionarios y rendir las declaraciones que se les soliciten.
Artículo adicionado DOF