Ley [LFT]

Artículo 914 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 914.- Las autoridades, las instituciones y los particulares a que se refieren los artículos que anteceden, están obligadas a proporcionar los informes, contestar los cuestionarios y rendir las declaraciones que se les soliciten.

Artículo adicionado DOF

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