Ley [LFT]
Artículo 93 de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 93.- Los salarios mínimos profesionales regirán para todos los trabajadores de las ramas de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.
Artículo reformado DOF