Ley [LFT]

Artículo 93 de Ley Federal Del Trabajo

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Ley Federal Del Trabajo (LFT)

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Artículo 93.- Los salarios mínimos profesionales regirán para todos los trabajadores de las ramas de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.

Artículo reformado DOF

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