Ley [LGCDC]
Artículo 20 de Ley General De Cultura Y Derechos Culturales
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 20.- Los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México deberán coadyuvar, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de Cultura, al cumplimiento de los objetivos de la .