Ley [LGIPE]

Artículo 86 de Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales (LGIPE)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

  1. Son atribuciones de los secretarios de las mesas directivas de casilla:
    1. [ Levantar durante la jornada electoral las actas que ordena esta Ley y distribuirlas en los términos que el mismo establece; ]

      Inciso reformado DOF

      Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF

    2. Contar, inmediatamente antes del inicio de la votación y ante los representantes de partidos políticos que se encuentren presentes, las boletas electorales recibidas y anotar el número de folios de las mismas en el acta de instalación;
    3. Comprobar que el nombre del elector figure en la lista nominal correspondiente;
    4. [ Recibir los escritos de protesta que presenten los representantes de los partidos políticos; ]

      Inciso reformado DOF

      Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF

    5. Inutilizar las boletas sobrantes de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del párrafo 1 del artículo 290 de esta Ley, y
    6. Las demás que les confieran esta Ley.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad