Ley [LGISMH]

Artículo 8 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 8.- La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, establecerán las bases de coordinación para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional.

Artículo reformado DOF

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