Ley [LGISMH]
Artículo 8 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 8.- La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, establecerán las bases de coordinación para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional.
Artículo reformado DOF