Décimo Octavo. Los lineamientos para determinar las técnicas y procedimientos que deberán aplicarse para la conservación de cadáveres o restos de personas a que refiere el artículo 130 de esta Ley deberán ser publicados en el dentro del plazo de ciento ochenta días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
Lectura de artículo · LGMDFP
Artículo décimo octavo
Ley General En Materia De Desaparición Forzada De Personas, Desaparición Cometida Por Particulares Y Del Sistema Nacional De Búsqueda De Personas
Relaciones del artículo décimo octavo
Leyenda
Artículo seleccionado
Artículo
Ley completa
Salen del décimo octavo
Llegan al décimo octavo
Entre otros artículos