Ley [LGPAS]

Artículo 146 de Ley General De Pesca Y Acuacultura Sustentables

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 146.- Son aplicables supletoriamente a este capítulo en cuanto a las sanciones administrativas, las disposiciones del Capítulo Único del Título Cuarto de la , con excepción del artículo de dicho ordenamiento.

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