Ley [LGPSVD_040521]
Artículo 21 de Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 21.- Para la ejecución del Programa Nacional, el Centro Nacional preparará un programa de trabajo anual que contenga objetivos específicos, prioridades temáticas y una lista de acciones y de medidas complementarias.