Ley [LGPSVD_040521]
Artículo 30 de Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 30.- El incumplimiento en el ejercicio de las obligaciones que se derivan de la será sancionado de conformidad con la legislación en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos.