Ley [LGSCMM_300919]
Artículo 43 de Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros (LGSCMM_300919)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 43. En la educación básica, la promoción a una plaza con funciones de dirección o de supervisión dará lugar a un nombramiento definitivo después de haber desempeñado la función seis meses y un día, sin nota desfavorable en su expediente fundada y motivada.
Para el caso de las vacantes temporales que se presenten al inicio y durante el ciclo escolar se otorgarán de manera temporal a las personas participantes que hayan obtenido los puntajes más altos en el proceso de selección para la promoción y no hayan obtenido una plaza, quienes conservarán el derecho, en su caso, a que se le otorgue una vacante definitiva.