Décimo Octavo. Las autoridades de educación media superior y los organismos descentralizados emitirán los programas al que se refieren los artículos 64, 65 y 70 en un plazo máximo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. En el ámbito federal, dichos programas deberán contar con la autorización de la , en el ámbito de sus atribuciones.
Lectura de artículo · LGSCMM_300919
Artículo décimo octavo
Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros
Relaciones del artículo décimo octavo
- Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado
Artículo
Ley completa
Salen del décimo octavo
Llegan al décimo octavo
Entre otros artículos