Ley [LGTOC]
Artículo 228 d de Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 228 d.- Los certificados de participación serán designados como ordinarios o inmobiliarios, según que los bienes fideicometidos materia de la emisión sean muebles o inmuebles.
Artículo adicionado DOF