Ley [LGTOC]

Artículo 319 de Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito (LGTOC)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 319.- El acreditante es responsable hacia el que pidió el crédito, de acuerdo con las reglas del mandato. La misma responsabilidad tendrá, salvo pacto en contrario, por los actos de la persona que designe para que los sustituya en la ejecución de la operación.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad